Ley del Sistema Integral de Criptoactivos

37148
ley de sistema de criptoactvos

Ley del Sistema Integral de Criptoactivos en Venezuela fue publicada en Gaceta Oficial,   Nº 41.575; y desde este miércoles 30 de enero entró en vigencia.

El decreto fue realizado en la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), el pasado año y decretado el 31 de enero del 2019; entrando en vigencia la Gaceta Oficial número 41.575 desde el 1 febrero del presente año.

Por lo tanto, en el ámbito de aplicación de este Decreto Constituyente incluye bienes y servicios, valores o actividades relacionados con la constitución, emisión, organización, funcionamiento y uso de criptoactivos soberanos; dentro del territorio nacional. Así como la compra, venta, uso, distribución e intercambio de cualquier producto o servicio derivado de ellos; y demás actividades conexas.

Ley del Sistema Integral de Criptoactivos

En consecuencia esta Ley comprende aproximadamente 64 artículos; convierte a Venezuela en referencia mundial, en este tipo de instrumentos legales que respalda esquemas de criptomonedas.

  • Quienes operen o realicen cualquier tipo de actividad relacionada con la constitución, emisión, organización, funcionamiento y uso de criptoactivos o criptoactivos soberanos; incluyendo la minería, sin la debida autorización del ente rector y en incumplimiento de las demás formalidades exigidas por este Decreto Constituyente; serán sancionados con multa equivalente de 100 a 300 criptoactivos soberanos.Gaceta Oficial 41.575 de la República Bolivariana de Venezuela

Las personas que no cumplan con esta ley podrían ocasionar multas de hasta 18.000 mil dólares; al tomar en consideración el precio del Petro que es, según su libro blanco, de 60 dólares.

La Sunacrip

Por su parte, solo llevará un registro de mineros; también está facultad es para crear los registros que sean necesarios que sirvan para contabilizar las casas de intercambio; otros servicios financieros en criptoactivos y su intermediación.

Aquí entran quienes “realicen actividades directas y conexas con los criptoactivos y su negociación en el mercado nacional e internacional”; según se indica en el artículo 29.

El decreto de la ANC de la Ley del Sistema Integral de Criptoactivos apunta a una férrea regulación en el comercio de los criptoactivos, la minería de criptomonedas y la ejecución de un registro completo sobre las empresas y personas que están utilizando criptos.

FUENTE:  CRIPTONOTICIAS

“Nasar